La decisión de la CAF otorga a Marruecos la final de la Copa Africana de Naciones 2025.
La Confederación Africana de Fútbol (CAF), a través de su Comité de Apelaciones, emitió una decisión oficial decisiva con respecto a la final de la Copa Africana de Naciones 2025, que se celebró en Marruecos, a la luz de los acontecimientos que acompañaron al partido final.
El 17 de marzo de 2026, el comité decidió considerar al equipo senegalés como perdedor en el partido final, adoptando un resultado de tres goles a cero (3-0) a favor del equipo marroquí, basándose en los requisitos del Artículo 84 del reglamento de la Copa Africana de Naciones Total Energies.
Se estimó el recurso de apelación de Marruecos y se revocó la decisión anterior.
Esta decisión se produjo tras estudiar el recurso presentado por la Real Federación Marroquí de Fútbol, en el que el Comité de Apelaciones anunció que aceptaba el recurso en forma y fondo, y que lo respaldaba plenamente.
La decisión anterior emitida por el Comité Disciplinario también fue revocada, después de que el Comité de Apelaciones concluyera que la conducta del equipo senegalés contravenía los artículos 82 y 84 del reglamento de la competición, lo que se consideró una infracción clara que justificaba una sanción.
Culpar a la selección nacional senegalesa
El comité confirmó que la Federación Senegalesa de Fútbol, mediante las acciones de su selección nacional durante el partido, violó el artículo 82 del reglamento de la Copa Africana de Naciones, lo que llevó a la activación del artículo 84, que permite considerar al equipo como perdedor en tales casos.
Esta decisión puso fin a la polémica que acompañó a la final y otorgó oficialmente el título a la selección nacional marroquí tras una destacada actuación en el torneo.
Modificaciones a las sanciones impuestas por la parte marroquí.
Sin embargo, el Comité de Apelaciones examinó varios puntos relacionados con las sanciones impuestas a la parte marroquí, algunos de los cuales se redujeron y otros se mantuvieron.
En cuanto al jugador Ismail Al-Sibari, el comité reconoció que había cometido una conducta antideportiva que infringía el reglamento, pero redujo la sanción a una suspensión de dos partidos, uno de los cuales queda en suspenso, al tiempo que anuló la sanción económica que se le había impuesto previamente.
El comité también consideró a la Real Federación Marroquí de Fútbol responsable de algunos de los incidentes organizativos ocurridos durante el partido, especialmente en lo que respecta al comportamiento de los recogepelotas, y la multa asociada a este incidente fue reducida.
Sanciones económicas y confirmación de otras sanciones
Por el contrario, se mantuvieron algunas sanciones económicas, en particular las relacionadas con la interferencia en el área de revisión del Árbitro Asistente de Video (VAR), donde se confirmó la multa impuesta al respecto.
En lo que respecta al incidente relacionado con el uso de rayos láser, el comité decidió reducir la multa, en una medida que refleja la consideración de las circunstancias del incidente sin eximir completamente a nadie de responsabilidad.
Una decisión que pone fin a la controversia y confirma la rigurosidad de la normativa.
Esta decisión es una de las más destacadas en materia disciplinaria en la historia de la competición, ya que confirma la tendencia de la Confederación Africana de Fútbol hacia la aplicación estricta de las normas, especialmente en los partidos cruciales.
También subraya la importancia de los procedimientos legales en las competiciones continentales y el papel de los comités de apelación para corregir decisiones y garantizar la justicia deportiva.
Felicitaciones a la selección nacional de Marruecos.






